Indemnización por negligencia dental: cuánto puedes reclamar

No existe una tarifa fija para la indemnización por negligencia dental. El mismo daño —por ejemplo, la pérdida de un molar tras un implante mal colocado— puede valer 1.500 € o superar los 20.000 € según factores que la mayoría de pacientes desconoce. Como perito odontológico judicial, te explico cuánto puedes reclamar realmente y de qué depende cada euro.

¿Cuánto se cobra por una negligencia dental?

La indemnización no se fija «a ojo». En España, el daño corporal derivado de una mala praxis se cuantifica aplicando por analogía el baremo de la Ley 35/2015 (el sistema de valoración de daños en accidentes de circulación), que es la referencia que usan jueces, aseguradoras y peritos. La cifra final es la suma de varios conceptos, no un número único.

De qué depende la indemnización

Estos son los conceptos que se suman para calcular la indemnización por una negligencia dental:

ConceptoQué incluye
Perjuicio temporalDías hasta la curación o estabilización, según el grado de afectación a tu vida diaria.
SecuelasPuntuación (parestesia del nervio dentario, pérdida de piezas, limitación de apertura…) multiplicada por un valor que depende de los puntos y de tu edad.
Perjuicio estéticoPuntos adicionales si el daño afecta a piezas visibles o a la sonrisa.
Daño emergenteCoste de reparar el tratamiento fallido y de los tratamientos futuros (implantes, injertos, prótesis).
Lucro cesanteIngresos que dejas de percibir (bajas laborales, incapacidad).

Por eso la edad importa: a menor edad, más años de afectación y mayor indemnización por una misma secuela. Y por eso una secuela permanente (como una parestesia irreversible del nervio dentario inferior) multiplica el resultado frente a una molestia que se resuelve.

Ejemplos orientativos según el tipo de daño

  • Daño leve y reversible (reparación de un tratamiento defectuoso): desde unos cientos hasta unos pocos miles de euros.
  • Secuela moderada (pérdida de piezas, infección con tratamiento prolongado): varios miles de euros, según puntos y tratamientos necesarios.
  • Secuela grave o permanente (parestesia irreversible, daño estético en zona anterior, múltiples implantes a rehacer): puede alcanzar cifras de cinco dígitos.

Son rangos orientativos: la única cifra fiable es la que arroja una valoración pericial individualizada de tu caso concreto.

El informe pericial: la clave para cobrar

Dra. Elia Rodríguez, perito odontológico, valorando un caso de negligencia dental en Sevilla
El informe pericial acredita la mala praxis y cuantifica el daño conforme al baremo.

Sin un informe pericial odontológico que (1) demuestre que el tratamiento se apartó de la lex artis y (2) cuantifique el daño según el baremo, una reclamación tiene muy pocas opciones de prosperar. El informe es la prueba técnica sobre la que se construye todo. Puedes ver en detalle su estructura en la página de informe pericial odontológico.

Plazos para reclamar (no dejes pasar el tiempo)

  • Vía civil (responsabilidad contractual) frente a tu dentista o clínica privada: 5 años (art. 1964 del Código Civil, tras la reforma de la Ley 42/2015).
  • Responsabilidad extracontractual: 1 año (art. 1968 del Código Civil).
  • Sanidad pública: 1 año por responsabilidad patrimonial de la Administración (Ley 39/2015).

Importante: el plazo cuenta desde la estabilización de las secuelas, no desde el día del tratamiento. Aun así, conviene valorar el caso cuanto antes para no perder pruebas ni opciones. Esta información es orientativa y no sustituye al asesoramiento jurídico individualizado.

Cómo reclamar, paso a paso

Dra. Elia Rodríguez realizando la exploración clínica de una paciente para un informe pericial en Sevilla
La exploración y la revisión de la documentación clínica son la base del dictamen.
  1. Reúne tu documentación: historia clínica, radiografías, presupuestos, consentimientos y facturas.
  2. Solicita una valoración pericial para saber si existe base para reclamar y cuánto.
  3. Reclamación al dentista o a su aseguradora, aportando el informe pericial.
  4. Demanda judicial si no hay acuerdo, con ratificación del perito en sala.

Si crees que has sufrido una mala praxis, te explico cómo actuar en la página de negligencia dental, o puedes solicitar una valoración gratuita de tu caso.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se tarda en cobrar una indemnización por negligencia dental?

Con acuerdo extrajudicial, unos meses; por vía judicial, de 1 a 3 años. Todo arranca con el informe pericial.

¿Necesito abogado y perito para reclamar?

Sí: el perito acredita la negligencia y valora el daño; el abogado dirige la reclamación. Sin informe pericial, las opciones son muy reducidas.

¿Puedo reclamar si firmé el consentimiento informado?

Sí. El consentimiento cubre los riesgos del tratamiento bien hecho, no los daños por mala praxis. Si se apartó de la lex artis, hay responsabilidad.

¿Y si la negligencia fue en la sanidad pública?

Se reclama por responsabilidad patrimonial de la Administración, con plazo de 1 año desde la estabilización (Ley 39/2015). El informe pericial sigue siendo imprescindible.

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